Las participaciones preferentes: aprovechamiento fraudulento de la banca española

dineroJuan Hdez. Vigueras – Consejo Científico de ATTAC.

NOTA: Este artículo que reproducimos íntegramente aquí, fue publicado en la web de ATTAC-Madrid en 2003. Se incluye una adenda realizada en 2013 por el autor del mismo

Desde 1997 a 2003, mas de 2,5 billones de pesetas (15.000 millones de euros) fueron invertidos en sociedades extraterritoriales constituidas por 19 Bancos y Cajas de Ahorro españolas en las islas Caimán en el Caribe, Jersey en el Canal de La Mancha y en otros paraísos fiscales, para la emisión de participaciones preferentes con altas remuneraciones y además con beneficios fiscales “ilegales”, según la frustrada investigación de la Fiscalía Anticorrupción (entonces era Carlos Jiménez Villarejo, a quien “aburrieron” hasta que adelantó su jubilación)

“Desde hace unos años, la actual política gubernamental de claro apoyo al capital ha facilitado la integración de la banca española en la economía mundial desregulada, incluido el aprovechamiento de las ventajas fiscales y facilidades legislativas que ofrecen los centros financieros offshore, o paraíso fiscales para no residentes, en esos enclaves como Gibraltar, Andorra, Mónaco o las islas del Caribe y del Canal de La Mancha.

Una investigación abierta a finales de 2001 por la Fiscalía Anticorrupción, según la prensa española, planteó el posible fraude fiscal cometido por tres Cajas de Ahorro (Caja Sur, El Monte y San Fernando) que habían constituido tres filiales en las islas Caimán: Cajasur EuroCapital Finance Ltd., El Monte International Capital Ltd., y Capital San Fernando Preference Ltd. para la emisión de participaciones preferentes como forma de captar ahorro en  el mercado español y que Anticorrupción consideraba como una práctica “irregular y lesiva para el Tesoro Público”, es decir, que servía para evadir el pago de impuestos en España.

La inspección fiscal estaba también tras la pista y la Agencia Tributaria notificó a estas Cajas que esas filiales registradas en paraísos fiscales tenían que ser consideradas residentes en España a efectos fiscales.

La verdad es que esta modalidad muy extendida en todos los países ricos, de utilización de los paraísos fiscales, para conseguir financiación barata creando allí sociedades para no residentes (que a veces son simplemente un apartado de correos), cobró auge en España a partir de 1997, es decir, tras el segundo mandato del Gobierno Aznar.

Según el Informe del Banco de España, de 1997 hasta 2003, 19 entidades financieras usaron ese procedimiento. O sea, que además de las tres Cajas investigadas, La Caixa, Caja Madrid, Caja de Ahorros de Murcia y otras; y entre otros, el SCH, BVVA, Sabadell, Popular y Bankinter, han acudido a la creación de sociedades extraterritoriales con el fin de aumentar sus recursos propios, retribuyendo generosamente a sus clientes y evadiendo impuestos, para financiar la expansión de los últimos años.

¿Y que son estas participaciones preferentes?

Pues, son “acciones sin voto”, porque sus propietarios carecen de derecho a voto en esas sociedades anónimas extraterritoriales; aunque gozan de un dividendo privilegiado y de los demás derechos de las acciones ordinarias, comprendido el mismo dividendo que corresponda a estas. Y como indica su denominación, en caso de liquidación de la sociedad o suspensión de pagos, tienen la preferencia para la recuperación del valor desembolsado situándose delante de los accionistas ordinarios.

Por tanto estas acciones preferentes sirven también para algo muy importante, como es mantener el control del Banco o la Caja como propietarios sobre la sociedad filial y resolver problemas de financiación aumentando la disponibilidad de fondos propios a precio más bajo que el bancario. Desde que se inventaron, sirven para recaudar capital sin que los viejos accionistas suelten  el poder de dirección sobre la empresa.

Pero ¿por qué “irse a offshore”, como dicen en su argot, para que crear estas sociedades que emiten sus participaciones preferentes desde un paraíso fiscal?

Pues porque otra de las muchas utilidades que ofrecen estos centros financieros extraterritoriales protegidos por los grandes países, son sus facilidades legales que en este caso autorizaban algo que en España no era legalmente posible y con coste fiscal nulo.

El mecanismo es triangular (cliente, sociedad extraterritorial y entidad financiera) y consiste en que la sociedad offshore capta fondos de quienes adquieren las participaciones preferentes y estos fondos se los traslada en forma de préstamos a la casa matriz, la Caja o Banco que la crea. Préstamos por los que la casa matriz paga intereses a la filial (que está registrada en el paraíso fiscal como no residente) y esos intereses se los deduce en su impuesto de sociedades en España. La filial retribuye a los inversores en forma de  dividendos (exentos de impuestos en el paraíso fiscal) que al proceder del extranjero no tienen la retención del 15 % que se aplica a los intereses de una simple cartilla de ahorros.

Pues bien, desde el punto de vista de la legislación fiscal española, todas estas operaciones referidas planteaban dudas. Un informe del Servicio Jurídico de Hacienda consideraba que los intereses que la casa matriz paga a la filial offshore son en realidad dividendos y no intereses por préstamos; y por tanto no son deducibles del impuesto de sociedades. La Agencia Tributaria al parecer debió recibir instrucciones del Gobierno de no apresurar el procedimiento de reclamación de deuda tributaria que a principios de 2003 estaba pendiente. Y en Febrero 2003, en el aspecto penal, la Fiscalía Anticorrupción archivó la investigación, considerando que existía un vacío legal y planteando al Gobierno la urgencia de que se colmase ese vacío promulgando la oportuna modificación legislativa.

Y llegó la modificación legislativa que demandaba la Fiscalía Anticorrupción pero quizás no como esta habría deseado.

Porque personalidades de los poderes fácticos –que ahora son los financieros– se movilizaron para que se abordase este tema que tenia en juego muchos miles de euros. Y el Gobierno movilizó a sus peones parlamentarios y aprovechó la Ley de Blanqueo de Capitales– que de eso nada, según vimos en otro articulo de esta web, enlace “paraísos fiscales” –para que aprobaran además de la Ley sobre los movimientos de capitales (BOE 5/07/03) una serie de modificaciones de otras leyes, regulando las emisión de participaciones preferentes por entidades financieras y empresas, prohibiendo que en adelante se emitan en paraísos fiscales; y aprovechando estos cambios legislativos para aprobar e incluir una AMNISTÍA para todas las Cajas, Bancos y empresa que habían utilizado la emisión de este tipo acciones preferentes vía paraísos fiscales, que de esta manera se veían libres de la reclamación tributaria, con graves pérdidas de ingresos para la Hacienda española.

Y es que, según cálculos de expertos, estaban en juego entre 3000 y 6000 millones de euros que los Bancos y Cajas habrían tenido que pagar si Hacienda hubiera seguido adelante con la reclamación. Evidentemente, de no haber mediado esa vergonzante amnistía, esas entidades financieras habrían tenido que aprovisionar contra resultados esas cantidades, con independencia de los recursos judiciales que se hubieran planteado. La razón de fondo: el sistema bancario hispánico podría haberse tambaleado tras los problemas derivados de la crisis argentina y de Latinoamérica en el pasado año. Y ya sabemos que el neoliberalismo está para proteger al gran capital.

Adenda en 2013

A partir de aquella legislación aprobada por la mayoría absoluta del PP en el Parlamento en 2003, las entidades financieras comenzaron a emitir y vender participaciones; que en muchos casos fue mediante una “deficiente comercialización” (expresión oficial), o sea, engañando a miles y miles de pequeños ahorradores a los que se las presentaban como simples depósitos; y que tras la crisis financiera global ha tardado años en darse cuenta que habían perdido gran parte de sus ahorros.

Dicho de otro modo, Aznar legalizó las preferentes y Rajoy aceptó esas pérdidas para los miles de pequeños ahorradores engañados, cuando suscribió el acuerdo para el rescate europeo de la banca española, el llamado Memorándum, que obliga al Estado español a la “quita” de las preferentes, a la pérdida de gran parte de esos ahorros a cambio de que la banca pudiera obtener hasta 100,000 millones de euros para salvarse de su irresponsabilidad e incompetencia.




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