Sanidad tercermundista, sanidad neoliberal

sanidad privadaRosa Mª Artal – Comité de Apoyo de ATTAC.

Cuatro días ha tardado el Gobierno en incluir en el BOE los cambios en el Sistema de Salud español aprobados en el último Consejo de Ministros. Comienza el desarrollo con más de 6 páginas de propaganda gubernamental y neoliberal que comienza así de bonito:

La creación del Sistema Nacional de Salud ha sido uno de los grandes logros de nuestro Estado del bienestar, dada su calidad, su vocación universal, la amplitud de sus prestaciones, su sustentación en el esquema progresivo de los impuestos y la solidaridad con los menos favorecidos, lo que le ha situado en la vanguardia sanitaria como un modelo de referencia mundial“.

Lo peor es que a continuación viene el “Sin embargo”, los famosos “No obstante” judiciales. Y se disparan los hachazos:

Quedan excluidos del Sistema Nacional de Salud los inmigrantes sin contrato de trabajo (algo que no prodigan numerosos empresarios españoles). Como hizo Berlusconi y propone la ultraderechista francesa Marine Le Pen. Se calcula que se quedarán sin tarjeta sanitaria 150.000 personas con todos los riegos (y de todo tipo) que implica. Solo serán atendidos en urgencias y en los embarazos y partos.

Todos, españoles incluidos, tendrán que estar apuntados en la oficina de empleo, en el caso de parados, para tener asistencia sanitaria. Si no habrán de pagar el servicio. Se amplía extrema por tanto la medida existente que ya apunté hace años en SOITU, y que apenas afectaba al 2% de la población.

Se quedan sin sanidad pública todos los mayores de 26 años que no hayan cotizado. Por haber estado estudiando o por no haber encontrado trabajo (caso del 50% de ellos en este momento).

Las farmacias tendrán acceso a los datos fiscales y nivel de renta de los españoles sin consentimiento de los interesados para ver en qué baremo están para cobrarles el suplemento. Me pregunto que si de TODOS.

Los usuarios de la Sanidad pública tendrán que pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos (se refiere realmente a complementos alimenticios) e incluso el transporte sanitario no urgente. Es decir, tendrán que pagar esos abuelos que vemos acudir a consultas. En cuanto a las prótesis igual empezamos a ver gente arrastrando sus muñones sin pierna ortopédica, porque no sabemos aúncuántos “cafes” -MÁS- les cobrarán por ello. Se ha calculado ya que lo que se reclama a Iñaki Urdangarín en su juicio por corrupción equivale a 3 millones de cafés. 27,5 millones de cafés en el caso de Jaume Matas. Y la inservible Ciudad de la cultura de Galicia –entre la multitud de obras faraónicas inútiles- 200 millones de cafés.

El porcentaje de aportación del usuario “se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique ningún limite de cuantía a esta aportación”.

Se modifica el artículo relativo al desarrollo de los servicios comunes, entre los que no se incluirán aquellas técnicas, tecnologías y procedimientos que no tengan suficientemente probada su “contribución eficaz a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autonomía y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento”. El Ministerio de Sanidad decidirá la “eficacia” de pruebas y tratamientos que sí entren dentro de la prestación del Servicio Nacional de salud.

Muchas disposiciones sobre el funcionamiento de los centros de salud. A bote pronto veo esto: En el ámbito de cada servicio de salud se establecerán, modificarán o suprimirán las categorías de personal estatutario.

Todo esto, por ejemplo, es lo que votó una amiga mía, jubilada y con escasos recursos. Y todo esto lo que eluden pensar en nada ajeno al triunfo de su equipo de fútbol o… la derrota de su rival.




ATTAC, asociación sin ánimo de lucro, denuncia que el pasado 5 de noviembre fue publicada en el BOE la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en virtud de la cual la reproducción total o parcial, así como la descarga del material de esta página es susceptible de ser gravado por un canon a cobrar por CEDRO, en contra de nuestra voluntad, y por tanto solicitamos su inmediata derogación.


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